Huétor Vega abre el plazo del programa de empleo contra la exclusión social

El Ayuntamiento de Huétor Vega ha abierto hoy el plazo de presentación de solicitudes para el programa de empleo contra la exclusión social. El plazo finaliza el 29 de abril.

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Miércoles, 20 de abril 2016, 07:24

En la web municipal se pueden consultar las bases y descargar el formulario de solicitud.

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BASES

Artículo 1. Objeto del programa.

Es objeto de ... estas bases regular una bolsa de empleo destinada a personas con especiales dificultades económicas, que hayan sido previamente seleccionados para un contrato por una duración determinada de tres meses y para el desarrollo de actividades de especial interés para la comunidad. Este programa está dotado presupuestariamente con 120.000 euros, por lo que se prevé la contratación de un total de cuarenta personas.

Artículo 2. Personas destinatarias.

Las personas destinatarias del Programa contra la exclusión social del Ayuntamiento de Huétor Vega son las personas mayores de 18 años y menores de 65 años pertenecientes a una unidad familiar que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3. A tal efecto se considera unidad familiar la constituida por la persona destinataria del Programa y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita en el correspondiente registro y los hijos e hijas de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, así como en su caso las personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar que residan en la misma vivienda.

Artículo 3. Requisitos de las personas destinatarias.

Las personas destinatarias del Programa contra la exclusión social deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo durante un período ininterrumpido igual o superior a un año. No obstante, se admitirán las solicitudes de aquellas personas que hayan trabajado un máximo de 90 días a lo largo del citado año.

b) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

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1.º Que todos sus miembros tengan residencia efectiva en el municipio de Huétor Vega y estén empadronados en el mismo domicilio con anterioridad a la aprobación de las presentes bases por el órgano correspondiente.

2.º Que el importe máximo de los ingresos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea inferior a 1,5 veces el Indicador Público de renta de efectos Múltiples mensual. Se tomará como referencia el IPREM de 2014, fijado en 532,51 euros, por lo que el importe máximo de los ingresos mensuales debe ser inferior a 798,76 euros.(ACREDITAR) A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa.

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3.º Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe Social que nos facilitarán los Servicios Sociales comunitarios, a solicitud del propio Ayuntamiento. Artículo 4. Prioridades en la adjudicación de los contratos suscritos en el marco del Programa contra la exclusión social del Ayuntamiento de Huétor Vega.

1. Entre las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 3, hayan presentado la solicitud para acogerse a la contratación en el marco de este Programa, tendrán prioridad para la adjudicación de la misma aquéllas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de prelación alguna de las circunstancias siguientes: Plaza del Mentidero, 1 ? 18198 ? Huétor Vega (Granada) ? Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: ayuntamiento@huetorvega.com Página 1 de 4 AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA (Granada) C.I.F. P1810300 B

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a) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde todos los miembros que tengan la consideración de población activa, hayan permanecido inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo durante los seis meses anteriores a la fecha de solicitud.

b) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente, y teniendo el título de familia numerosa en vigor.

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c) Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.

d) Que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia, reconocida oficialmente.

e) Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo a cargo.

f) Que la persona solicitante o alguno de los miembros de la unidad familiar sea víctima de violencia de género.

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g) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos hijos a cargo.

2. Si como consecuencia de la aplicación de los criterios anteriores resultasen unidades familiares con el mismo nivel de prelación, se procederá a priorizar aquéllas en las que concurran el máximo de circunstancias por orden de prelación.

3. Si nuevamente concurrieran situaciones de empate se estará al informe que emitan los Servicios Sociales comunitarios sobre el orden de prelación, considerando la intensidad y duración de las condiciones referidas.

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Artículo 5. Solicitud y documentación.

1. El procedimiento para acogerse a la contratación en el marco del Programa contra la exclusión social de Huétor Vega se iniciará previa solicitud de las personas interesadas en las dependencias del Ayuntamiento de residencia.

2. A la solicitud deberá acompañarse en todo caso:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), o en su caso, del Número de Identidad de extranjero (NIE) de la persona solicitante.

b) En el supuesto de matrimonio, el correspondiente libro de familia.

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c) En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el registro de Uniones de Hecho que corresponda.

d) Certificado del Servicio Público de empleo correspondiente en el que se acredite que la persona solicitante se encuentra inscrito como demandante de empleo durante un periodo ininterrumpido igual o superior a un año.

e) Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos percibidos por todas las personas miembros de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación dentro del Programa contra la exclusión social del Ayuntamiento de Huétor Vega.

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3.En el caso, de que se den alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 4, deberá aportarse según corresponda, además:

a) Certificado del Servicio Público de empleo, por cada uno de los miembros activos de la unidad familiar, en el que se acredite su situación como demandante de empleo durante los seis meses anteriores a la solicitud.

b) Título de Familia Numerosa en vigor.

c) Certificado de discapacidad o situación de dependencia. Plaza del Mentidero, 1 ? 18198 ? Huétor Vega (Granada) ? Telf. 958 300 511 Fax 958 300 535 E-mail: ayuntamiento@huetorvega.com Página 2 de 4 AYUNTAMIENTO DE HUÉTOR VEGA (Granada) C.I.F. P1810300 B

d) Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género

e) Documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar.

Artículo 6. Procedimiento.

1.Tras la publicación de las presentes bases, entre los días 13 al 29 de abril, ambos inclusive, se abrirá plazo para la presentación de solicitudes en el Ayuntamiento.

2.Recibidas las solicitudes, el Ayuntamiento comprobará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los apartados a) y b) del artículo 3, procediendo a recabar Informe de los Servicios Sociales comunitarios en el que conste que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

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3.Una vez finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, por parte de los Servicios Sociales se elaborará un listado con los ciudadanos seleccionados, atendiendo a los criterios sociales expresados anteriormente. Si se produjeran renuncias o vacantes, se irán cubriendo con solicitantes que no fueron inicialmente seleccionados, siguiendo los mismos criterios sociales planteados anteriormente.

Artículo 7. Contratación y condiciones.

1.El Ayuntamiento de Huétor Vega contratará a aquellas personas que cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 3 hayan sido seleccionadas.

2.Producido el llamamiento al trabajador, la incomparecencia o imposibilidad manifiesta de localizar al/a trabajador/a se entenderá como renuncia a la suscripción del contrato. No obstante, en los supuestos en los que por razones de enfermedad u otras causas debidamente justificadas se demuestre la imposibilidad de comparecer, el trabajador afectado no pasará al último lugar de la lista, sino que mantendrá su puesto en la misma, y el turno pasará al siguiente del listado. Atendiendo a las circunstancias de cada caso, se considerará por el jefe de personal del Ayuntamiento la suficiente justificación de la causa que concurra.

3. Los contratos celebrados con cargo al Programa contra la Exclusión Social se realizarán conforme a la normativa laboral vigente y tendrán una duración determinada de tres meses.

4. La financiación de cada contrato incluido en el Programa no superará, incluyendo las cotizaciones a la Seguridad Social, los 1.000 euros en cómputo mensual, o su equivalente proporcional en caso de contratos de diferente duración al mes y dentro de los límites establecidos en el apartado anterior.

5. Los contratos realizados con cargo al Programa de Ayuda a la contratación no podrán, en ningún caso, destinarse a suplir bajas o vacantes producidas en puestos de trabajo ocupados previamente en el Ayuntamiento.

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6. Una vez finalizado el contrato, cesa toda obligación del Ayuntamiento de Huétor Vega, respecto a las personas contratadas. Especialmente, no podrá entenderse creada expectativa de contratación futura como consecuencia de la suscripción de los contratos objeto de este Programa.

7. Los contratos se realizarán mediante la modalidad de contrato por obra o servicio determinado.

8. El objeto de las tareas a desarrollar por las personas contratadas por este Programa tendrá especial interés para la comunidad.

9. Todos los contratos formalizados con cargo al Programa contra la exclusión social de Huétor Vega deberán estar formalizados antes de la finalización del 31 de diciembre de 2016.

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